Caracas.- La Asamblea Nacional (AN) aprobó este 7 de mayo, en segunda discusión, el proyecto de ley de protección de las pensiones de la seguridad social y entrará en vigor luego de su publicación en el diario oficial.
Así lo informó el presidente de la Comisión de Desarrollo Social, diputado Rodolfo Crespo (PSUV/Miranda), quien explicó que el Estado venezolano seguirá contribuyendo en un 99% a los beneficios de más de 5 millones de venezolanos, y el sector privado nacional contribuirá . 1%, para proteger los derechos de los adultos mayores.
Según información de la AN, la ley tiene como objetivo “establecer medidas adicionales destinadas a proteger a los adultos mayores afectados por medidas coercitivas unilaterales impuestas contra el país”.
El proyecto fue presentado por la vicepresidenta Delsey Rodríguez, quien explicó que el proyecto de ley consta de 13 artículos, divididos en dos capítulos.
En el capítulo segundo, se crea y regula una contribución tributaria especial, que aplica a las personas jurídicas privadas, residentes o no en la República, que realicen actividades económicas en el territorio nacional.
La Vicepresidenta dio a conocer que se trata de un aporte especial, basado y calculado por los empleadores privados hoy tanto para bonificaciones salariales como no salariales.
Señaló que, con este aporte, el Estado podrá obtener recursos financieros adicionales que permitirán aumentar el monto de las pensiones de la seguridad social.
Detalles de la factura
El artículo 7 de la Ley de Pensiones determina el monto de las contribuciones especiales para las personas jurídicas privadas, residentes o no, que realicen actividades económicas en el territorio nacional. Este será de hasta el 15% del pago total realizado a los empleados en concepto de sueldos y bonificaciones no salariales.
“En ningún caso la base para el cálculo del pago otorgado a los trabajadores será inferior al ingreso mínimo integral definido por el Ejecutivo nacional. El Presidente de la República establecerá el porcentaje correspondiente a la contribución especial anual según el tipo o clase de actividad económica. actividad”, establece la ley.
En el artículo 9 se propone declarar y pagar mensualmente las contribuciones especiales al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENAT).
La declaración y pago de contribuciones especiales deberá realizarse en el lugar, forma y condiciones que establezca la administración tributaria nacional mediante resolución administrativa de carácter general.
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