Ya lo hemos planteado en ocasiones anteriores en este espacio: Candidatos para las elecciones presidenciales del próximo año, María Karina Machado, ella no es discapacitada política!!!
Se acepta como válida una orden de arresto ilegal de un fiscal general no calificado, como explicamos la semana pasada, al igual que los arrestos por parte de agencias policiales, militares y judiciales, las desapariciones forzadas, un delito grave cometido por estos organismos. En el día a día (en el caso de Roberto Abdul de Sumat), sin revelar el lugar de detención del prisionero, también buscan dar un barniz de legitimidad. Acusaciones de inelegibilidad del candidato MachadoMediante un engaño sin fundamento jurídico alguno, que se repite tantas veces, el hombre común cree que tal incompetencia fabricada tiene en realidad realidad y efecto jurídico.
Pedimos disculpas a nuestros lectores, porque si quieren seguir estas líneas, tendrán que tomarse la molestia de leer la transcripción completa de los artículos de apoyo. La verdad de la falsedad de la inelegibilidad del candidato. No vamos a escribir sobre nuestra interpretación de dichas normas, pero usted será su intérprete, de fácil lectura y comprensión, ya que por supuesto están escritas en español.
Empecemos por su constitución y su Artículo 65: “No podrán optar a ningún puesto elección popular Los condenados por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones y que afecten a otros Patrimonio públicodentro del plazo que marca la ley, desde el cumplimiento de la pena y según la gravedad del delito.” Sólo una pregunta: cuando el candidato Machado fue condenado por un delito grave y sentenciado a un centro penitenciario, vestido con su overol naranja que debe ¿Usado con gran elegancia?
Para completar lo anterior, copiamos parcialmente Artículo 13 del Código Penal, cuyo texto establece que “son penas accesorias a la prisión…2. «Inhabilitación política hasta que dure la pena». Conclusión: La inhabilitación política es una pena accesoria, es decir, se impone junto con la privación de libertad. Luego repetimos: ¿Alguien ha visto al candidato con el elegante mono naranja que haría?
Pero eso no es todo, La supuesta inhabilitación actual es una reactivación de otra inhabilitación ilegal impuesta en 2015.la cual fue sólo por doce meses, resurrección para la cual no había sido notificada, ni se había cumplido el debido proceso para ser legalizada y ordenada por un subordinado de los ñapas. Oficina del Fiscal General quienes ocupaban tales funciones. Aparte de las fechorías que anulan esta enloquecida extensión hacia el futuro de la influencia del proceso extinto, basta copiar el texto de la breve y enfática. Artículo 138 de la Constitución: “Toda autoridad usurpada es nula y sus actos nulos”. Este es el destino de la orden firmada por el Vicecontralor General: Su completo vacío.
¿Cuál es el verdadero problema de los que están después? Proceso primario Estamos junto al candidato a la Presidencia de la República, María Karina Machado, ya que el shock no es sólo suyo, sino de miles de millones de personas que esperan que cambie el destino del país? El gran obstáculo es no dar aprobación política al candidato, como lo ha hecho ya que nunca fue inelegible legalmente, sino reconocido como tal. Consejo Nacional Electoral (CNE), dirigido por el gobierno con total ingenuidad, es una institución que irresponsablemente ha alienado el rasgo más importante de su mandato: la libertad.
Machado no tuvo que acudir al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a solicitar su aprobación, pues ya la tiene. Uno es lo que se infiere del texto legal arriba transcrito y otro es la falsa declaración de los obedientes organismos públicos del oficialismo, que son todos. La barrera ilusoria de estos órganos desprendidos es lo que el hombre observa y percibe como verdad, que es válida. Bueno, es falso, incluso si se intenta imponer sus consecuencias por la fuerza, como es propio de un régimen autoritario, de un mandato tiránico.
Así que el candidato no tuvo que ir, pero, en el último momento y dejando a los miembros de la nominación que habían estado celebrando en privado que él no sería un candidato en violación del Tratado de Barbados, se volvió loco y aclaró sus razones legales. TSJ, también pidió protección para que Ceserá el acoso contra él.
todos pensamos eso María Karina Machado El TSJ no iba a acudir, ya que era para reconocer su incompetencia, sin embargo, una cosa es lo jurídico de que se puede inferir que Machado no es efectivamente incompetente y no tenía por qué acudir al TSJ, y otra que el El CNE, su poder arbitrario Al postular, que por su naturaleza no significa ley, reconoció su derecho a registrar su candidatura, por lo que tuvo que responder políticamente.
Privilegió lo político y fue una opción inteligente porque puso al TSJ en un dilema en el que pierde cualquiera que sea su decisión.
Si la decisión se basa en la opción ilegal de inhabilitarlo, toda la opinión nacional e internacional la criticará, ya que estará basada en una falsa lógica cuyas costuras se ven desde lejos, involucrando incluso a los magistrados que así actúan. por su culpa Crimen de lesa humanidad, Viola repetidamente los derechos políticos de la población civil, Porque al final es víctima de tal decisión. Por otro lado, si deciden con fundamentos jurídicos legítimos y “cancelan” la inexistente orden de inhabilitación, abrirán el camino para la derrota de Maduro en las elecciones del próximo año.
Es por esto que creemos que contrario a lo que indica la sentencia judicial al respecto, se trata de una decisión competente que deja al TSJ en la disyuntiva de perder la decisión.
Felices fiestas de diciembre, en la medida de lo posible. Nos volveremos a encontrar en enero de 2024.
Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez