En su compleja red relaciones InternacionalesHay principios fundamentales que han jugado un papel importante Delimitación y Estabilidad del Estado. Uno de estos principios, Uti Possidetis Iuris, es un elemento central en la historia y la diplomacia de muchas naciones.
él Utilice sus propios derechos Se traduce “Como bien dices”, tiene sus raíces en el derecho romano. Este principio fue adoptado y adaptado en el contexto de la independencia latinoamericana en el siglo XIX. En aquella época, el principio se aplicaba para demarcar nuevos estados surgidos de las colonias españolas.
Durante el proceso de descolonización en África y Asia en el siglo XX, el principio de uti posidetis iuris se convirtió en un pilar importante para la demarcación de fronteras. Los estados recién independizados se hacen cargo de las fronteras coloniales preexistentesPartiendo de la premisa de que las fronteras administrativas coloniales se convertirían en las fronteras soberanas de los estados recién formados.
Actualmente, Uti Possidetis Iuris sigue siendo un principio fundamental en la diplomacia y el derecho internacional. Se ha aplicado a muchos conflictos territoriales, proporcionando una base jurídica para la solución de disputas fronterizas. La jurisprudencia relacionada con este principio ha evolucionado a medida que ha cambiado el contexto geopolítico global.
Actualmente, Los venezolanos enfrentamos más incertidumbre que certeza sobre el restablecimiento de nuestra soberanía en Esequibo.. En consecuencia, quisiera presentar varios casos resueltos por la Corte Internacional de Justicia (CIJ), donde se resolverán nuestros derechos sobre ese territorio. A través de esta revisión intento resaltar la importancia que este organismo ha asignado históricamente al principio de Uti Possidetis Iuris.
En el Caso Frontera Terrestre y Marítima Nicaragua-Honduras (2007), ambos países llevaron sus disputas fronterizas ante la CIJ. La Corte aplicó el principio de Uti Possidetis Iuris para determinar los límites entre los dos países, teniendo en cuenta la situación jurídica anterior a la independencia de las colonias centroamericanas. En la decisión del tribunal, ambos países ganaron algo de territorio y se puede argumentar que la decisión fue un intento equilibrado de resolver la disputa.
Caso Límite Marítimo entre Chile y Perú (2014). Perú presenta caso ante CIJ para delimitación marítima. La Corte tomó en cuenta el principio Uti Possidetis Iuris al examinar la situación jurídica previa a la independencia de ambos países y ajustó la línea fronteriza a favor del Perú, otorgándole una porción adicional de territorio marítimo.
La CIJ fue llamada a decidir la delimitación de las fronteras terrestres y marítimas entre Camerún y Nigeria (2002).) En este caso, el tribunal aplicó el principio de Uti Possidetis Iuris para establecer la frontera, teniendo en cuenta las condiciones del momento de la independencia de los dos estados. La CIJ resolvió la disputa otorgando a ambos países partes del territorio en disputa. Con esta decisión, la CIJ buscó equilibrar los intereses de ambas partes.
La disputa entre Chile y Argentina por los Campos de Hielo Patagónico fue sometida a la CIJ en 1996. Los tribunales aplican el principio de Uti Possidetis Iuris para demarcar el territorio basándose en la situación jurídica anterior a la independencia de ambos países y resolver la disputa estableciendo un límite equitativo con el que ambos países estén satisfechos.
Bangladesh y Myanmar presentaron una disputa sobre límites marítimos ante la CIJ en 2012. Para establecer la delimitación marítima entre los dos países el tribunal examina la historia jurídica del territorio anterior a la independencia, según el principio de Uti Possidetis Iuris. La decisión fue a favor de Bangladesh, cediendo una parte importante del territorio en disputa a la Bahía de Bengala.
Según los internacionalistas, expertos en la cuestión del Esequibo y en disputas territoriales internacionales, las decisiones de la CIJ se han basado hasta ahora en principios del derecho internacional.Lo que me hace pensar que los venezolanos tenemos la oportunidad de reconocer nuestros derechos, pero los argumentos jurídicos que presentemos deben ser presentados por los mejores abogados e internacionalistas del país, independientemente de sus tendencias políticas, ya que así debe ser un asunto. El Estado y la política no lo son.
Finalmente, Los venezolanos debemos estar muy conscientes de lo que pasa en la CIJPorque con base en las consultas realizadas asumo que este organismo judicial internacional se pronunciará sobre este diferendo, aunque el Ejecutivo venezolano no ha aceptado su competencia.
Noel Álvarez
GENTE Coordinadora Nacional de Movimientos Políticos
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