Venezuela ganó un juicio y recuperó activos en poder de Novo Banco de Portugal, según sentencia del Tribunal Judicial del Distrito de Lisboa, Portugal.
La sentencia contra Novo Banco (NB) ordenó la devolución al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela de $1.500 millones depositados en ese banco.
La sentencia establece que los fondos deben ser devueltos a la cuenta del Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES); Banco Bandes Uruguay, SA; Petróleos de Venezuela SA; PDVSA Petróleo, SA; petrosedino; PDVSA Servicios BV; Petromonagas, SA; Petropier SA y BARIVEN, SA
El acta de sentencia, realizada en portugués, con fecha 31 de julio de 2023 y anunciada el 8 de agosto del mismo año, dedica buena parte de su contenido a narrar cronológicamente los hechos del caso de 2009, 2012, 2013 y otros años en que más de las cuentas fueron abiertas, hasta ahora, cuando Venezuela exigió la entrega del dinero depositado, lo que la entidad financiera portuguesa negó.
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En la demanda, las autoridades venezolanas alegan que Novo Banco celebró acuerdos legales con entidades venezolanas e indicaron que, como tenedores, instruyeron al banco para transferir los fondos depositados a otras cuentas, pero la entidad no ejecutó las órdenes correspondientes.
El tribunal indicó que, luego de ser citada, NB presentó un escrito de respuesta, admitiendo que no cumplió con la orden recibida por los tenedores de transferir los fondos, pero invocó hechos que “justificaban” esta violación, particularmente la “sospecha” de la original La validez de los representantes, que ordenaron la devolución y su “deber” como banco ante las “sanciones” ordenadas por el gobierno de los Estados Unidos (EE.UU.).
Ante estos planteamientos, la Corte ha decidido un “auto de reestructuración”, en el que se declara habilitada por razón de nacionalidad, sujeto y clasificación y determina que las partes tienen personalidad y capacidad jurídica y son válidas.
“Nada impide la decisión sobre el fondo del caso y, considerando el desistimiento de una parte de la demanda por parte de la AA (demandantes) y su posición sobre ciertos hechos que fueron objeto de controversia, los hechos permiten el conocimiento inmediato de la pretensión verificada por el acuerdo de las partes”, dice parte de la sentencia.
En otra parte de la carta, decía que “Por lo tanto, en nuestra opinión, existe una disputa sobre el derecho de las AA a recuperar los saldos depositados en las cuentas que tienen. El derecho existe, es fluido y exigible, y esta exigibilidad no puede ser confundirse con el cumplimiento de una orden judicial por la cual los Acreedores de R (Novo Banco), impiden los pagos a los AA (tenedores venezolanos)”.
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Valencia Ciudad/VTV