él Corte Suprema de Justicia (TSJ) carácter declarado orgánico D “La Ley Emancipadora Simón Bolívar Contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela”.Según el artículo 203 de la Constitución de la República.
Los magistrados de la Sala Constitucional del TSJ concluyeron que la ley del Libertador Simón Bolívar era compatible con los principios contenidos en la Constitución. Son fundamentales para las instituciones democráticas de la nación bolivariana.
Además, el TSJ afirmó que el instrumento legislativo tiene su origen aquí “Embargos coercitivos unilaterales y otras medidas prohibitivas o punitivas impuestas contra la República, ilegítimas e ilegales”.
Además, el alto tribunal de Venezuela detalló las medidas coercitivas adoptadas “Violan los axiomas más fundamentales del derecho y la justicia internacionales, sin tener en cuenta los supuestos básicos del derecho y la justicia, la paz y el bienestar internacional”.
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Ciudad de Valencia/VN