La superintendencia nacional del sector bancario (Sudeban) ha publicado la resolución SIB-II-II-GGR-GGR. 02207, 25 de marzo de 2025, que aumenta el límite mensual en el sistema financiero nacional para combinar las cuentas actuales y de ahorro abiertas.
Para las cuentas de nivel 1, el monto máximo aprobado por el Banco Central de Venezuela (BCV) es de 700 a 1000 veces mayor que la tasa de cambio de valor más alta. En el caso de la cuenta de Nivel 2, pueden exceder este límite al proporcionar más flexibilidad a los usuarios.
Requisitos de apertura de cuenta de nivel 1 y nivel 2
La resolución también especifica los requisitos necesarios cuando la resolución abre las cuentas en el sistema financiero. Para la cuenta de Nivel 1, requiere:
– Tarjeta de identidad laminada (en vigor o excesivamente).
– Departamento de titulares.
– Pasaporte para solicitantes extranjeros.
Para la cuenta de Nivel 2, los requisitos son más detallados:
– Tarjeta de identidad laminada (en vigor o excesivamente).
– Departamento de titulares.
– Bola de registro de información financiera única (RIF) y obvio.
– Pasaporte para extranjeros.
– Credenciales de ingresos para personas con actividades económicas independientes.
– Prueba de trabajo para aquellos que trabajan bajo relaciones de dependencia.
Cuentas en moneda extranjera y entrevistas obligatorias
En el caso de las cuentas de divisas, se mantienen los mismos requisitos, limitaciones y cantidades establecidas para cuentas en Bolívar, ajustándose al tipo de cambio publicado por BCV.
Además, Sudevan establece una entrevista con el solicitante como un requisito esencial, que puede ser administrado por medios virtuales personalmente o certificados, como videollamadas o videoconferencias.
El uso de procesos electrónicos ayudará a firmar los documentos para formar la apertura de cuentas. Sin embargo, las cuentas laborales, como los salarios, están exentas de este requisito, pero la condición es que los empleadores proporcionan formalmente datos a sus empleados.