El Consejo Nacional Electoral anunció que se amplió en 72 horas el plazo para cambiar y/o reemplazar las nominaciones reflejadas en la boleta electoral utilizada para la contienda presidencial del 28 de julio de 2024.
A través de un comunicado, el organismo electoral indicó que la decisión fue tomada luego de la sesión del 28 de abril.
De pie, “en el ejercicio de las características previstas por el artículo 33 Numeral 3 de la Ley Orgánica de Facultades Electorales y, en particular, por el artículo 42 de la Ley Orgánica del Proceso Electoral”.
Precisaron además que “el plazo antes mencionado vencerá a las 00:00 horas del día 23 de abril de 2024” y ratifica así el compromiso del CNE con el pueblo venezolano en materia de derecho al voto y participación política.
A continuación se muestra el texto completo:
República Bolivariana de Venezuela
poder selectivo
Consejo Nacional Electoral
214° y 165°
La Prensa – Venezuela oficial
Elecciones presidenciales 2024
28 de julio de 2024
Ampliación del plazo de reposición y modificación de la aplicación
El Consejo Nacional Electoral, en respuesta a la solicitud de diversas organizaciones con objetivos políticos participantes en las elecciones presidenciales de 2024, informa a la ciudadanía que, en ejercicio de la atribución prevista en el artículo 33 de la Ley Orgánica para la Elección de Poderes y, en En particular, el artículo 42 de la Ley Orgánica del Proceso Electoral, hoy 20 de abril, en sesión ordinaria del año 2024, decidió ampliar a setenta y dos (72) horas el plazo para que los cambios y/o sustituciones de postulaciones se reflejen en las boletas. o materiales electorales. En consecuencia, la prórroga mencionada expirará el día 23 de abril de 2024 a las 12:00 horas.
Al otorgar la prórroga, el Consejo Nacional Electoral reafirma su compromiso de garantizar el derecho al voto y la participación política del pueblo venezolano, así como implementar los principios de transparencia, igualdad, confiabilidad, imparcialidad y eficiencia de los procesos electorales establecidos. Artículo 293 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Caracas, 20 de abril de 2024.
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Ciudad de Valencia/VTV