Conociendo la grave situación en que se encuentra el país y la búsqueda de la verdad, me permito transcribir esta obra. Dra. María Amparo Grau. rápidamente
El Constitución de Venezuela Proponer un sistema de economía de mercado, se infiere del artículo 299 y es aprobado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Es también un sistema de respeto a la empresa privada y a la libertad de negocios (artículo 112). Además de esto, la empresa privada siempre se concibe como un complemento de la empresa gubernamental en un sistema de mercado; Pero por el contrario, la cuestión económica se ha conducido con el objetivo de implementar un modelo estadístico de pérdida de la empresa privada. Los resultados son claros.
La agenda bolivariana no propone una visión socialista del mercado, sino de eliminación del modelo de mercado, Mediante el uso del poder regulatorio, la abrumadora empresa pública en detrimento de la privada, la terminación y distorsión de la libre competencia. Administración Pública y violación sistemática de la propiedad privada.
Eso impone una sSistema económico socialista en Venezuela Señalando además una situación de incompatibilidad con el actual modelo constitucional de mercado, confirma que su establecimiento se logró mediante una reforma fallida del texto básico. En 2007, la iniciativa del Presidente, rechazada por el pueblo en referéndum, tenía como objetivo expreso insertar “Socialismo político y económico.La propuesta prevé, entre otros, cambios en los artículos 299 (gobernanza socioeconómica de la nación), 112 (libertad de empresa) y 115 (propiedad privada). Las reformas eliminaron y establecieron el principio de libre competencia, así como la libertad de empresa. propiedad personal Principalmente empleados por lo público y social y colectivo, así como restringidos a los medios de uso, consumo y producción.
Se pretendía sustituir en la reforma los principios de libre competencia y de empresa privada, base del régimen socioeconómico del presente texto, por los principios “Socialista y antiimperialista”, además de basarse en la empresa pública, pero conectada no a la privada sino a la de carácter comunitario, social y personal. En cuanto a la propiedad, en comparación con la propiedad pública, la propiedad social, que pertenece al pueblo en su conjunto, y la propiedad colectiva eran lo opuesto, denominada propiedad privada limitada y denominada categoría de propiedad mixta.
A pesar del rechazo a las reformas constitucionales, Estado de Venezuela Esa imposición continúa Economía modelo socialistaMediante leyes y demás normas y ejecuciones inconstitucionales, proceder según lo declarado y reconocido en un documento de plan presentado por el Presidente de la República ante la Asamblea Nacional en el mismo año 2007, donde “Modelo de producción socialistaEste documento fue renovado a través del Segundo Plan de Patria (2013-2019), donde se señala el objetivo “Construir el socialismo bolivariano del siglo XXI en Venezuela como una alternativa al sistema destructivo y bárbaro del capitalismo.“
No se trata de ignorar las posibilidades. Un estado empresarialEsta es una realidad de todo. sistema de mercadoY así contemplados en la Constitución de Venezuela, existen límites a su desarrollo que el orden económico constitucional le impone: libertad de empresa, libre competencia, propiedad privada, interés común y racionalidad del gasto, todos ellos claramente establecidos. Inaplicable, ya que el Estado empresarial en un modelo económico socialista, en el sentido antes descrito de ser sustituido por el mercado, no reconoce estos límites establecidos, sino que tiende a eliminarlos.
limitado Las empresas públicas y sus violaciones. Por estado de los negocios en Venezuela
De hecho, la Constitución reconoce la empresa pública, pero como complemento de la empresa privada y con la condición de que:
1. Un interés común que lo justifique. 2. Racionalidad del gasto (criterios de eficiencia y economía). 3. Respeto al sistema de mercado. 4. Respeto al principio de libre competencia. 5. Respeto de las garantías jurídicas de las personas: en particular, la libertad de establecimiento y la propiedad privada.
Todos estos límites han sido distorsionados por el Estado mercantil en Venezuela.
5.1. Libertad de establecimiento
como Libertad de establecimientoque incluye no sólo “la libre empresa de la actividad económica y la libre empresa privada de los negocios” sino también “la libre iniciación y desarrollo de la actividad comercial, uno de cuyos efectos más graves se realiza con la mentira de la competencia, manifestada tanto mediante la potestad reguladora del Estado y mediante la asistencia pública.”
Poder regulatorio del estado.:
No hay duda de que la libertad de establecimiento reconoce los límites de la ley, pero en Venezuela este principio ha sido completamente distorsionado y traspasado, ya que la estructura regulatoria de las empresas privadas está sujeta a la norma presidencial sobre la reserva. Legal y no. Todo esto se produce mediante decretos presidenciales de la legislatura general y también mediante una multiplicidad extravagante y extravagante de leyes.
a través de un Representación legal ilimitada Y el sector privado ha sido destruido tanto en forma como en fondo en contravención de la Constitución. En la forma, porque las leyes habilitantes han sido leyes plenipotenciarias en lugar de leyes marco como lo exige la constitución, y por lo tanto es el presidente y no el parlamento, quien ha controlado los asuntos económicos en Venezuela. en el fondo porque estas ley del presidente Las normas tienen como objetivo la implementación declarada de un modelo económico socialista liberando la protección de la libertad de establecimiento y la competencia de contenidos al proporcionar un control absoluto sobre la determinación de las actividades comerciales, las condiciones de comercialización, los costos, los precios y las ganancias justas.
Incluso se derogó la Ley, reemplazando su mandato para promover y proteger la libre competencia. Beneficios de actividades comerciales. Distorsionar la economía de mercado ordenada constitucionalmente, para obtener una ventaja económica justa.
Libertad de empresa se refiere no sólo al derecho a participar libremente en una actividad legítima, sino también a determinar los objetivos y los medios y planes de la actividad y a decidir sobre el objetivo legítimo y natural de obtener un beneficio… (F de C.)
Maximiliano Pérez Apóstol