– La Prensa – Venezuela –
Según, ya hemos analizado este espacio Artículo 5 de la Constitución“La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en las leyes, e indirectamente mediante el sufragio, en los órganos que ejercen el poder del pueblo.” Si determinamos los medios para ejercer la soberanía a través del sufragio, ésta será ejercida por los órganos del poder público representados por aquellos que el pueblo ha elegido, ya que todas las decisiones de los ciudadanos involucrados en el funcionamiento cotidiano del Estado deben ser hecho.
¿Pero es este poder del pueblo intransferible? Por supuesto, esto confunde la intransferibilidad consagrada en la Constitución con el hecho de que la soberanía debe ser ejercida por el pueblo. Pero antes que nada es mano de obra cuya representación es elegida por el pueblo y en segundo lugar, el pueblo tiene la facultad de realizar referéndum, mediante el cual puede revocar las facultades que le confiere el artículo 71 de la Constitución y siguientes.
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Una vez hecha la propuesta explicativa anterior, pasemos a la cuestión principal que plantea el título de este artículo.
Hasta mediados del siglo pasado, más o menos, se definía soberanía nacional Como poder del Estado que se acepta sin limitación ni subordinación. No hay nada ni nadie que pueda oponerse al orden que proviene del poder público. En la época de la democracia en nuestro país se decía coloquialmente: “Después del Tribunal Supremo, el Tribunal Celestial”.
Es una vieja idea que encaja “como un guante” en un gobierno autoritario. Imponer reglas arbitrarias que emana de sus cuerpos, sin validez alguna. Así, al no existir en estos regímenes una división de los órganos estatales con su esencial independencia, no habrá control sobre la validez de las órdenes dictadas.
Pero a través de la globalización de los centros Orientación jurídicaDebido a los tratados internacionales y al concierto de las naciones a través de tratados, los estados han cedido parte de sus poderes soberanos a organismos reguladores internacionales. Con esto se descartó la idea de que no existía una autoridad superior que pudiera oponerse a lo decidido por el poder público nacional. Las Naciones Unidas tienen un caso contra ellos. Corte Penal Internacional o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con la Organización de Estados Americanos y tribunales afines, entre muchos otros, que interfieren con el poder de los Estados en asuntos políticos, penales, económicos o de cualquier tipo.
Por las razones anteriores, este recurso multimedia es utilizado por Gobierno ilegal La no injerencia en los asuntos internos de su país ha dejado de tener sentido, ya que la obligación de estos organismos internacionales es intervenir cuando las circunstancias lo ameriten. Por esta razón, los regímenes autoritarios buscan denunciar tales acuerdos, huyendo de los controles internacionales que podrían exponerlos.
En defensa de esta soberanía ejercida por medios tiránicos, Crimen político Terror contra lo que Rousseau llamó la voluntad del pueblo, expresada en leyes que crean contratos sociales entre iguales, pero sólo en términos de igualdad con el derecho a la libertad. Precisamente porque en nombre de esta igualdad se castiga la libertad de empresa y la propiedad privada. Por su parte, Hobbes y Locke, padres de estas ideas, consideraban esenciales los derechos humanos y que Rousseau catalogaba como la antítesis de la sociedad igualitaria.
La historia ha dado la razón a los pensadores ingleses porque en la república donde Libre empresa y derechos de propiedad privada Es aquí donde se observan los mayores avances económicos, culturales, artísticos, deportivos y científicos. Casos emblemáticos son los países del norte de Europa como Dinamarca, Noruega, Suecia y Finlandia, donde, con el derecho a la libertad, que un Estado democrático debe garantizar, está indisolublemente ligado el derecho a la vida de sus ciudadanos.
La soberanía ha servido de máscara jurídica para llevar a cabo prácticas hostiles contra el pueblo en países con mandatos arbitrarios, todo ello escondido bajo una dudosa legitimidad que no tiene legitimidad, controlando completamente las instituciones que constituyen el poder popular. Por tanto, es urgente, necesario y humanamente inevitable, por ejemplo Corte Penal Internacionalel Corte Interamericana de Derechos Humanos o cualquier otra organización o plataforma multinacional, puede intervenir directamente para garantizar que gobiernos sin escrúpulos opriman y acosen a su propio pueblo con impunidad.
Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez
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