– La Prensa – Venezuela –
por: Jesus A Jimenez Peraza
él poder selectivo Es el órgano de gobierno y la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, que se ejecutan a través del Consejo Nacional Electoral como órganos subordinados. Según la Ordenanza del artículo 293 del 5 de la CN1999, le corresponde organizar, dirigir, dirigir y vigilar todas las actividades relacionadas con la elección de cargos representativos populares. Este año sus funciones están dedicadas específicamente a cumplir con el proceso de designación del cargo más importante de la jerarquía, el cual es presidente de la republica.
– La Prensa – Venezuela –
Cuidar el dispositivo anterior nos lleva a concluir claramente que sobre los hombros de los ciudadanos descansan Elvis Amoroso, Rosalba Gil, Aimé Nogal, Juan Carlos Delpino y Carlos Quintero, rector principal de la organización. El presente y el futuro inmediato de VenezuelaSin posibilidad de redirigir sus responsabilidades orgánicas y personales, porque desde el momento de su designación en la sesión del Parlamento del 24 de agosto de 2023, son independientes y autónomos, rindiendo cuentas únicamente ante el pueblo venezolano, según el artículo 6 constitucional.
Su función es colegiada por lo que resulta extraño que, en este momento, rector delpino Advierten que el Presidente está ejecutando decisiones de manera personal y no corporativa, como debe ser, a pesar de que ya se realizaron trabajos preliminares como solicitud, aprobación de tarjetas, programación, sin presentar denuncias a tiempo. En todo caso, su aprobación no requiere unanimidad;
Son, en este momento, los guardianes más importantes. Paz y democracia. Por lo tanto, deben entender que para los efectos de la adecuada conducción del proceso electoral que han diseñado y ordenado que se lleve a cabo, están por encima de otros poderes, incluido el Jefe de Estado, que se encuentran subordinados a ellos. En este aspecto sólo aspiran a la reelección y las Fuerzas Armadas, las cuales están llamadas a cooperar con el CNE en el desempeño de sus propias funciones.
Los actos y actuaciones relacionados con las elecciones, aunque sea indirectamente, son de su única y exclusiva responsabilidad y están sujetos únicamente a una acción jurisdiccional debatible-administrativa, compatible con el conocimiento de sala de elecciones Según el artículo 27 de la Ley de la Corte Suprema de Justicia y con un estrecho margen, la Sala Constitucional puede conocer mediante amparo de determinados conflictos, siempre que violen derechos y garantías.
Tradicionalmente se ha solicitado Candidatos y partidos Que interviene en un proceso, sustenta un documento como expresión de acuerdo de que las acciones internas y sus efectos externos son meridianamente claros y legales. Tal firma es innecesaria porque la pureza del derecho es un principio que rige el derecho público, de ahí la obligación inherente a los funcionarios.
adentro lista Para el nombramiento del jefe de Gobierno, fijaron para la votación el 28 de julio de 2024, lo que marca 166 días para el inicio de un nuevo período constitucional, que si gana el actual presidente aplicando el principio de continuidad administrativa, ni siquiera necesita tomar juramento o tomar posesión de su cargo, sin embargo, podrán ser ejecutados en atención a la Ley Protocolo, según lo dispuesto en la sentencia de la Sala Constitucional de 9 de enero de 2013 (Exp. 2012-1358).
Pero si gana, como aparentemente tiene ciertas posibilidades, el Dr. Edmundo González UrrutiaÚnico candidato de la oposición, el período es demasiado largo, sobre todo porque las instituciones del país se están desmoronando y sus habitantes están enfadados y ansiosos.
Según CCNN 1947 y 1953 (en vigor para las elecciones de 1958), esta parte del período no puede exceder de tres meses, es decir, noventa días. Desde las elecciones de 1968, este cálculo se ha realizado por pura costumbre. Aunque CN1961 no fue previsto día de elección Por reiterada tradición, se impuso al órgano competente, para la primera semana de diciembre del año anterior a dicho inicio, la oportunidad de designar al Presidente de la República, por lo que tras la segunda enmienda establecida para el 23 de enero el plazo se redujo a 30 días. días. , inauguración.
Esos noventa días primero, los treinta después, fueron importantes porque permitieron al presidente saliente despedirse y agradecer a su equipo de gobierno; visitas a cuarteles y guarniciones militares o países amigos; Para la fase de apertura o cierre de los trabajos y el candidato electo, fue útil elegir un comité de enlace con la administración saliente para mantener la continuidad en la gestión; Prepara tu equipo ministerial o de alto gobierno y ordena tus asuntos personales que han estado descuidados durante años.
debería Órgano rector del CNE Explique por qué esta larga espera de 166 días, que hay que atravesar entre el 28 de julio de 2024 y el 10 de enero de 2025, contradice el principio de perpetuidad de la práctica repetida y la norma constitucional.
Analizando diversas redes sociales, es público y notorio que el gobierno se encuentra agotado administrativamente. Cuestiones nacionales e internacionales.. Incluso se refleja en sus actividades de campaña inconexas y caóticas y en sus relaciones con vecinos y pares ideológicos en Brasil y Colombia, por lo que estar en el poder con un candidato no es un buen augurio para el país inactivo. Elegible para emergencia y ya nominado para asumir funciones estatales.
Hay que esperar a que decidan circunstancias concretas, pero se pueden predecir con antelación porque es un asunto muy delicado y vital importancia Incluso ha traspasado nuestras fronteras debido a los conflictos de continentes y mundos. ¡Dios bendiga a Venezuela!
Jesus A Jimenez Peraza
[email protected]
@JesusJiménezP
– La Prensa – Venezuela –